Fuente: HOY
El abogado Jorge Vasconsellos afirmó que no existe justificación jurídica que sustente la resistencia a la no publicación de los datos de las personas que reciban las dosis de las vacunas contra el Covid-19.
El abogado Jorge Vasconsellos charló hoy con el canal GEN sobre la publicación de datos de las personas vacunadas. Al respecto ahondó que la discusión de la privacidad es un tema recurrente y que lo mismo se aducía para no publicar los salarios de los funcionarios públicos.
“Yo traté pero no logré identificar ningún tipo de norma que justifique el secreto en este caso, ni desde el punto de vista de la intimidad ni del secreto médico”, comentó.
El experto en leyes citó que en el artículo 147 del Código Penal figura la Revelación del secreto de carácter privado y allí establece que “como secreto se entenderá cualquier hecho, dato o conocimiento: de acceso restringido cuya divulgación a terceros lesionaría, por sus consecuencias nocivas, intereses legítimos del interesado; o respecto de los cuales por ley o en base a una ley, debe guardarse silencio”.
“El registro o la nómina de las personas sometidas a inmunización a través de una vacuna que es solventada y financiada con recursos provenientes de nuestros impuestos, no reúne estas características”, dijo sobre el punto.
Trajo además a colación el artículo 143 del Código Penal, de la Lesión de la intimidad de la persona, en el cual se expresa claramente que “el que, ante una multitud o mediante publicación en los términos del artículo 14, expusiera la intimidad de otro, entendiéndose como tal la esfera personal íntima de su vida y especialmente su vida familiar o sexual o su estado de salud, será castigado con pena de multa”.
“A pesar que guarde relación a cuestiones vinculadas a la salud, la circunstancia de la aplicación de las dosis de inmunización no refleja el estado de salud de la persona, es decir, no constituye su ficha médica, no revela la existencia de enfermedades, sino que se trata de un tratamiento preventivo para no contraer enfermedades. Por ello no encuentro justificaciones jurídicas que sustente a la resistencia de la publicación”, puntualizó.