Fuente: HOY
Desde el grupo Semillas para la Democracia repudian la actitud del vice Hugo Velázquez, por utilizar la avioneta del Estado para trasladarse al interior para fines meramente políticos y electorales. Recuerdan que existe una ley que sanciona este tipo de hechos.
Desde el año 2006 rige la ley número 28280 que establece sanciones a los hechos punibles en contra de los intereses patrimoniales del Estado.
Los bienes del Estado incluyen inmuebles y muebles de dominio público y privado del estado y los recursos financieros de cualquier fuente de la administración central. La normativa alcanza a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y a los particulares que tengan facultades de uso o administración de estos bienes.
“Si la justicia no se aplica, significa que hay ciudadanos de primera y de segunda, estamos los que tenemos que sufrir por la falta de bienes públicos y el uso de bienes públicos por parte de cualquier político que lo use con fines electorales”, lamentó Marta Ferrara de Semillas para la Democracia, en conversación con la 730 AM.
Lo dijo en relación al vicepresidente Hugo Velázquez, quien se trasladó a bordo de una avioneta de la Fuerza Aérea a un departamento del interior, para participar de una campaña electoral.
SANCIONES
Quien se apropie de bienes estatales, cuya administración le hubiese sido confiada, será castigado con pena privativa de libertad de cinco a doce años. Misma pena para quien consienta el hecho. Si el valor de lo apropiado no supera los 100 salarios mínimos, se aplicará hasta 5 años de cárcel.
En cuanto a la celebración indebida de negocios jurídicos y un consecuente daño patrimonial, la pena será de cinco años de cárcel o multa. La inhabilitación por 5 o 10 años es otra posibilidad.
Respecto al uso indebido en beneficio propio o de un tercero, se prevé una pena de multa, aunque no se detalla el monto.