Fuente: Última Hora
La Contraloría General de la República (CGR) realizó un informe de Fiscalización Especial Inmediata (FEI) a la contratación por vía de la excepción para compra de urgencia de medicamentos e insumos por parte del Instituto de Previsión Social (IPS), para el combate al coronavirus.
En el proceso de adjudicación de 2020, se observó que no se contemplaron antecedentes de cálculo del costo estimativo de algunos remedios ni respaldos sobre la necesidad de contar con esos ítems. La adjudicación final alcanzó la suma de G. 14.969.919.000, por compra a seis laboratorios de ibuprofeno, paracetamol, mascarilla quirúrgica y termómetro, etc.
Entre las conclusiones, la CGR menciona en que la Contratación por la vía de la excepción Nº 33/20, dentro del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) fueron incluidos ítems correspondientes a medicamentos sin el visto bueno de la Dirección de Logística de Suministros de Salud. Tampoco la Gerencia de Salud expresó vía algún documento la necesidad real de esos ítems para ser incluidos en el PBC.
El organismo contralor también detecta que no se encuentra publicado en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) el contrato suscrito por el IPS con la firma Laboratorios Éticos Ceisa; en tanto que tampoco se realizó la comunicación de las actuaciones del proceso de contratación de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
En otra conclusión, Contraloría expresa que el Comité Evaluador del IPS recomendó comprar insumos de la firma Mather Company, pero su oferta no contaba con certificado de aprobación y habilitación para uso en la práctica clínica emitido por alguna agencia reguladora.
Se especifica además que el IPS no había remitido la documentación correspondiente en la que se evidencie la metodología utilizada para determinación los costos referenciales; en tanto, que el plazo transcurrido desde la publicación de la intención de compras y la apertura de sobre (menos de 24 horas) es exiguo, según Contraloría, y que no se ajustó al principio de transparencia establecida en el artículo 4 de la Ley de Contrataciones Públicas.
Se detectó además que de no constan en los antecedentes remitidos las invitaciones cursadas a los posibles oferentes, así como tampoco los acuses de recibos de los mismos.
Recomendaciones
Entre las recomendaciones de la CGR al IPS figura que cada dependencia de la previsional deberá remitir sus necesidades a la Unidad Operativa de Contrataciones, para que la dependencia técnica determine su visto bueno. También deberá figurar el legajo de cada contratación sustentatoria de la aprobación por funcionario competente tanto del PBC como los precios de referencia.